Información adicional y preguntas frecuentes sobre el registro de marcas

MARCA

Una Marca es un título que concede el derecho exclusivo a la utilización de un signo para la identificación de un producto o un servicio en el mercado.

TIPOS DE MARCAS

DENOMINATIVAS: las denominaciones arbitrarias o de fantasía. Las razones sociales, seudónimos y nombres propios. Las cifras, letras, etc

GRÁFICAS: los símbolos gráficos, logotipos, dibujos.

MIXTAS: la combinación de elementos denominativos y gráficos.

TRIDIMENSIONALES: los envases y envoltorios, la forma del producto

VENTAJAS DE REGISTRAR LA MARCA

El registro de una marca otorga a la empresa el derecho exclusivo a impedir que terceros comercialicen productos idénticos o similares con la misma marca o utilizando una marca tan similar que pueda crear confusión.

Si la empresa no registra la marca, sus rivales podrían utilizar la misma marca o una tan similar que pueda confundirse para comercializar productos idénticos o similares. Si un competidor adopta una marca similar o idéntica, los consumidores podrían comprar por error el producto del competidor. Esto no sólo disminuirá las ganancias de la empresa y confundirá a sus clientes, sino que dañará su reputación e imagen, especialmente si los productos rivales son de calidad inferior.

Además, puede concederse una licencia sobre la marca a otras empresas, lo que representaría una fuente adicional de ingresos. Las marcas también pueden ser objeto de acuerdos de franquicia.

Una marca que goce de buena reputación entre los consumidores también puede emplearse para obtener financiación de instituciones financieras, que cada vez son más conscientes de que el éxito comercial de las empresas depende en gran medida de las marcas.

NOMBRE COMERCIAL

El Nombre Comercial es el signo o denominación que identifica a una empresa en el tráfico mercantil y que sirve para distinguirla de las demás empresas que desarrollan actividades idénticas o similares.

DENOMINACIÓN SOCIAL

A diferencia del Nombre Comercial, la Denominación o Razón Social es el nombre que identifica a una persona jurídica como sujeto de relaciones jurídicas y, por tanto, susceptible de derechos y obligaciones, pero su inscripción en el Registro Mercantil, no otorga derechos de exclusividad sobre dicha denominación.

DURACION DE LA PROTECCION

La duración de la protección conferida es por diez años a partir de la fecha del depósito de la solicitud y pueden ser renovados indefinidamente. Para el mantenimiento es preciso el pago de tasas.

Competidores podrían utilizar la misma marca o una tan similar que pueda confundirse para comercializar productos o servicios idénticos o similares.

Los consumidores podrían por error, comprar el producto del competidor, disminuyendo nuestras ganancias y creando confusión a nuestros clientes, dañando nuestra reputación e imagen, especialmente si los productos del competidor son de calidad inferior.

El derecho de propiedad sobre una marca o un nombre comercial sólo se adquiere por el Registro en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

La inscripción de una sociedad en el registro mercantil, no otorga la exclusividad de la denominación o razón social, y siempre estará sujeta a la posible reclamación realizada por terceros que tengan derechos de propiedad adquiridos en virtud de un título de marca.

La marca comunitaria tiene efectos en la totalidad de la Unión Europea.

Tiene carácter unitario, es decir sólo puede ser solicitada y, en su caso, concedida para todo el territorio de la Unión Europea.

DURACION DE LA PROTECCION

La marca comunitaria se concede por un periodo de 10 años contados a partir de la fecha de solicitud. El registro podrá renovarse indefinidamente por periodos sucesivos de 10 años.

DEFINICIÓN

La Marca Internacional se encuadra en un sistema de registro de marcas para países que están acogidos a los Tratados o Convenios Internacionales del Arreglo y Protocolo de Madrid.

TRAMITACIÓN

Con el Sistema de Madrid se consigue la simplificación y unificación de trámites con objeto de obtener en cada uno de los países designados un registro con los mismos derechos y obligaciones que si se tratara de una Marca Nacional.

Con una única solicitud, se puede obtener la protección en multitud de países, pudiendo ampliarse posteriormente a otros países miembros del sistema en cualquier momento por medio de una solicitud de extensión territorial.

REQUISITOS

Para poder solicitar una Marca Internacional ante la OEPM es obligatorio tener una Marca Nacional española con las siguientes particularidades:

- Para designar países parte en el Protocolo basta una solicitud de base española, es decir, tener meramente solicitada una Marca en España

- Para designar países parte en el Arreglo es necesario que la Marca española esté ya registrada (concedida).

La Marca Internacional debe tener idéntico titular, idéntico distintivo e idénticos productos o servicios que estén incluidos entre los solicitados o concedidos en la Marca Nacional

También puede ser objeto de extensión territorial como Marca Internacional, una Marca Comunitaria.

DURACION DE LA PROTECCIÓN

La Marca Internacional se registra por un periodo de 10 años, pudiendo renovarse por periodos sucesivos de 10 años.