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¿Qué es una Marca Internacional?
La Marca Internacional es un sistema que permite proteger una marca en varios países mediante una única solicitud presentada a través del Sistema de Madrid, administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Este sistema facilita y centraliza el proceso de registro, simplificando la gestión de los derechos de marca en múltiples jurisdicciones.
Características de la Marca Internacional
Sistema Unificado
- Permite solicitar protección en los países miembros del Sistema de Madrid (actualmente más de 110, incluyendo la mayoría de las principales economías del mundo).
- La solicitud inicial debe basarse en una marca ya registrada o solicitada en el país de origen del titular.
Cobertura Flexible
- El solicitante elige los países donde desea proteger la marca.
- Es posible ampliar la protección a nuevos países posteriormente mediante el procedimiento de “designación posterior”.
Gestión Simplificada
- Todos los trámites (registro, renovaciones, modificaciones) se gestionan de forma centralizada a través de la OMPI.
- Se paga una única tasa internacional, lo que reduce los costos administrativos.
Duración y Renovación
- La protección de la marca internacional tiene una duración inicial de 10 años.
- Con posibilidad de renovaciones sucesivas por períodos de 10 años.
Ventajas de Registrar una Marca Internacional
Eficiencia Administrativa
Ahorro de Costes
Ampliación Flexible
Reconocimiento Global

Proceso de Registro de una Marca Internacional
Se debe contar con un registro o solicitud de marca en la oficina nacional o regional correspondiente (por ejemplo, OEPM en España o EUIPO en la UE).
La solicitud internacional se presenta en la oficina de origen, que verifica la solicitud y la remite a la OMPI.
La OMPI revisa que la solicitud cumpla con los requisitos formales y, de ser aceptada, inscribe la marca en el Registro Internacional y la publica en la Gaceta de Marcas Internacionales.
Cada país donde se solicita la protección realiza su propio examen, de acuerdo con su legislación nacional, y decide si concede o deniega la protección.
Los países designados notifican su decisión a la OMPI, que informa al titular.



Limitaciones del Sistema de Madrid
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No es un Registro Global
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